La Argentina necesita una transformación de fondo sobre su sistema
tributario para que las políticas de Estado puedan ser pensadas a largo
plazo y que el proceso de transformación iniciado en 2003, fundado sobre
un modelo de recaudación, profundice la redistribución del ingreso.
¿Por qué no podemos soñar con que, en esta nueva Argentina, las cosas
cambien? ¿Por qué los que más tenemos estamos exentos de pagar renta
financiera? ¿No sería maravilloso que los que más tenemos o ganamos
también seamos los que más paguemos?
Hoy el dinero que se genera en la colocación de moneda a plazo fijo,
títulos públicos y compra-venta de acciones no tributa impuestos. Y si a
eso se le sumasen las transacciones de acciones privadas, la
recaudación podría ser muchísimo mayor.
A simple modo de ejemplo, si una persona se compra un departamento y
lo vende con una ganancia, debe tributar el Impuesto a las Ganancias.
Ahora, si dicho departamento estaba bajo una sociedad, y se compra la
sociedad con el inmueble dentro, está exento. Es decir, si una persona
se compra un inmueble en 100 mil pesos y lo vende en 200 mil pesos,
tributaria 35 mil pesos en concepto de ganancias. Pero si un
multimillonario se compra un campo de 20 millones de pesos bajo una
sociedad y vende en 30 millones de pesos dicha sociedad, tributa cero en
concepto de ganancias. Intrínsecamente, hay algo que está mal en
detrimento de la sociedad en su conjunto.
En 1972, el economista liberal James Tobin lanzó la idea de un
gravamen sobre las transacciones financieras. Tobin buscaba “arrojar
granos de arena en el engranaje de la finanza internacional” y frenar
así el incremento de la especulación a corto plazo. El porcentaje de la
tasa oscilaba entre el 0,05 y el 0,2 por ciento. El economista
estadounidense recibió el Nobel de Economía en 1981, pero su idea nunca
fue verdaderamente llevada a la práctica. Sin embargo, ante la nueva
crisis del sistema, el proyecto toma relevancia en los países más
importantes.
A veces, la cuestión se complica por la diferente acepción que tiene
la palabra billón para las notaciones española o anglosajona. Así, para
nosotros, un billón de pesos –o dólares– equivale a un millón de
millones ($ 1.000.000.000.000, y así está considerado en el artículo),
mientras que para los anglosajones se trata de 1000 millones ($
1.000.000.000). A veces las traducciones “traicionan” y dificultan
conocer los montos en danza. Para una mejor comprensión, desde hace
tiempo, se incorporó a la lengua española el término millardo,
equivalente a nuestros 1000 millones o al billion anglosajón.
Respecto al PBI de América del Sur, la Argentina ostenta el segundo
PBI más alto y el primero per cápita de América del Sur. De acuerdo a
los datos del FMI correspondientes a 2010:
–Brasil, PBI 2.181.671 –200 millones de habitantes–, 1.082.404 PBI per cápita.
–Argentina, PBI 632.223 –40 millones de habitantes–, 1.580.558 PBI per cápita.
–Colombia, PBI 429.866 –46 millones de habitantes–, 934.491 PBI per cápita.
Brasil es el país con el PBI más alto de América Latina. Sin embargo,
en términos de PBI per cápita, es uno de los países que sólo supera a
Bolivia y Paraguay, y le lleva una diferencia mínima a Colombia y a
Perú.
La Argentina se encuentra segundo en América Latina en términos de
PBI, pero teniendo en cuenta el PBI per cápita, está primera, seguida
por Chile y Uruguay. Los números no mienten. No creo que estemos tan mal
como nos dicen o como está de moda en algunos medios de comunicación,
en relación al “discurso” que nos quieren hacer comprar. O sea que la
eliminación de los beneficios a la renta financiera permitiría al Estado
recaudar al menos 4879 millones de pesos más por año, sin que esto
implique aumentar las tasas, tal cual se desprende del Presupuesto de
este año. Y si se grabara la compra-venta de acciones privadas, ese
número se multiplicaría por tres, aproximadamente.
Los datos se desprenden del Presupuesto 2012 que aprobó el Congreso.
Sin embargo, existen informes que presentan escenarios aun más
promisorios. Los mencionados $ 4879 millones provienen de $ 2925,7
millones que surgirían de la eliminación de la exención que rige para
los intereses de los títulos públicos, y otros $ 1658,2 millones al
dejar sin efecto la exención a la renta de los depósitos en entidades
financieras y obligaciones negociables de personas físicas (ya que las
empresas sí pagan ganancias por este negocio). A eso se le agregan $
254,7 millones de la eliminación de la exención del impuesto a los
bienes personales por depósitos en entidades financieras y 41,8 millones
de los títulos públicos. Con los ingresos provenientes de la
eliminación de las exenciones a la renta financiera se les podría pagar
en la Argentina a más de un millón de chicos la Asignación Universal
por Hijo durante un año. Sin embargo, los ingresos extra del fisco
podrían ser aun mayores porque la ecuación no estima a las personas que
operan con acciones. En total, el Estado argentino perderá en 2012
recursos por $ 49.067 millones por las exenciones tributarias. Se trata
del 2,35% del Producto Bruto Interno (PBI) frente al 2,29% de 2011 y al
2,14% de 2010. El total se divide entre $ 37.089 millones en normas de
impuestos y $ 11.978,1 millones en regímenes de promoción económica.
Por qué no plantear una reforma tributaria a largo plazo, que
contemple una redistribución de la riqueza. En forma inequívoca y
verdadera. Con justicia e inclusión social. Donde se pueda diferenciar
bien los impuestos colectivos (cigarrillos, combustibles, etcétera) de
los individuales (a la riqueza). Donde, de alguna manera, aquellas
empresas que tienen grandes ganancias sepan que si no se reinvierte un
alto porcentaje de las mismas en generar nuevos puestos de trabajo el
Impuesto a las Ganancias es del 50% en vez del 35% actual.
Y si llegara a prosperar la idea de gravar las transacciones de
compra-venta de acciones, estos números serían aun muchísimo más
beneficiosos para el Estado Nacional.
A diferencia de una gran porción de los trabajadores o de los
comerciantes, los financistas que operan con bonos, acciones o invierten
su dinero en un plazo fijo no pagan ningún tipo de impuesto. El
gobierno podría recaudar más de 4900 millones de pesos si efectivamente
fuera gravada la compra-venta de títulos públicos y las inversiones en
plazos fijos. Y mucho más si se gravan también a las transacciones que
involucren compra-venta de acciones como sucede en los Estados Unidos,
Chile o Brasil.
En países que distan de ser “progresistas”, como Chile o los Estados
Unidos, los inversores financieros sí tienen que pagar por operar con
bonos o acciones. Por qué no crear un think tank que involucre a
empresarios, políticos, gremialistas, pensadores, etcétera, dedicado a
tipo de investigaciones con el fin de pensar en conjunto la Argentina
del futuro. Diagramar una agenda de largo plazo en la que, no importe
quién gobierne, las políticas fijas de Estado se respeten. Una suerte de
compromiso social a futuro. Un chico que entre al sistema educativo en
este año recién va a terminar sus estudios en 2032. Hay políticas de
Estado que tienen que ser pensadas a largo plazo, y todos los referentes
políticos, empresarios y sindicalistas debemos asumir ese compromiso
social.
Si quisiéramos ser más ambiciosos, podríamos suprimir dos gravámenes
que son injustos, el impuesto al cheque y al patrimonio (ya que este se
debe pagar, se gane o se pierda dinero), y suplantarlos, como en otros
países, con un impuesto a la herencia a los más ricos. Tal es el caso de
países como los Estados Unidos, Gran Bretaña, Japón, España, Francia,
Suecia, etcétera. Sin embargo, no sólo se encuentra en los sistemas
tributarios de países desarrollados, sino también en algunos más
próximos a esta región y con características similares a las de nuestro
país, por ejemplo: Brasil, Uruguay y Chile. Asimismo, la Argentina ha
sabido pertenecer a este grupo de países durante un largo período que
finaliza en 1976, cuando el impuesto es derogado definitivamente a
partir de una ley impulsada por el ministro de Economía del gobierno de
facto José Alfredo Martínez de Hoz.
Sin embargo, creo que la sociedad vería con beneplácito la
reincorporación de dicho impuesto. A modo de ejemplo, podríamos decir
que el primer millón de dólares está exento, y por encima de eso se paga
el 35% de impuesto. O hasta el 50%, como sucede en los Estados Unidos.
Lo mismo podría suceder con quienes ganan mas de un millón de dólares
por año: en vez de pagar el 35% de Ganancias, se podría elevar al 50%, y
bajar el IVA del 21 al 18 por ciento. En fin, que seamos los que más
tenemos quienes más paguemos.
Creo que la situación económica mundial, con la debacle financiera de
los mercados europeos y americanos, y ya que otros países de la región
lo han hecho exitosamente, podría ser buen momento para implementar y
grabar la renta financiera. La gente no va a dejar de comprar y vender
acciones públicas por el hecho de que estén gravadas de Ganancias. No
impacta en las decisiones de inversión.
En una entrevista a el economista Jorge Gaggero publicada por el
matutino Página/ 12 el 11 de julio de 2009, el especialista explica en
uno de sus trabajos sobre la reforma tributaria pendiente que los
intereses bancarios se dejaron de gravar en 1977. “De modo coincidente
con la sanción de la Ley de Entidades Financieras aún vigente”, indica
como imprescindible referencia histórica, al tiempo que señala que “esta
exención, junto con las que benefician a las restantes inversiones
financieras especulativas de las personas, constituye un caso único
entre los países de desarrollo intermedio”. Destaca que Chile y Brasil
gravan estas rentas. Consciente de las restricciones políticas antes
mencionadas, Gaggero sugiere que “un modo de facilitar la reintroducción
de este gravamen es hacerlo junto con la reducción del impuesto al
cheque”.
Las Obligaciones Negociables (títulos de deuda que emiten empresas) y
otros instrumentos financieros del sector privado están exentas sus
rentas y resultados de compra-venta. Lo mismo sucede con los títulos
públicos, que incluso contienen cláusulas de estabilidad tributaria. El
objetivo declarado para imponer estas exenciones fue el de promover el
ahorro interno, lo cual –visiblemente– no ha sido alcanzado. En los
hechos, ningún país ha obtenido ventajas en el ahorro interno por esta
vía.
Si logramos una reforma tributaria que abarque a la renta financiera,
estaría en línea con el actual modelo productivo. En ese sentido, sería
indispensable aplicar el Impuesto a las Ganancias para la compra-venta
de paquetes accionarios de personas físicas y jurídicas. Esta medida
“eliminaría una situación de fuerte inequidad vertical mediante la
reinstalación de una imposición que estuvo vigente entre 1946 y 1989”.
De esa manera, se evitarían mecanismos de elusión que hoy son
aprovechados por los propietarios de los holdings para vender sus
activos, ya que si la venta la realiza la empresa paga el Impuesto a las
Ganancias. El objetivo, además de aumentar la recaudación, sería
mejorar la progresividad y equidad del sistema tributario.
Un impuesto, para ser cobrado y luego redistribuido, necesita de dos
partes cada vez: primero, de quien lo paga y de quien lo cobra, y luego,
de quien lo devuelve a la sociedad y de quien lo recibe. Ahora bien, si
una de las partes que opera en dicha transferencia es encasillada
dentro de una serie de prevalores negativos, como lo es en este caso el
Estado, es fácil concluir que los objetivos que se persiguen con dichas
transferencias (aumentar el nivel de recaudación, mejorar la
distribución de la riqueza, etcétera) no serán conseguidos. Por lo
tanto, en este caso, agregar un nuevo impuesto nunca podría ser una
buena medida.
El Estado debe cumplir con determinadas funciones que lo caracterizan
como tal, independientemente de la competencia de los gobernantes de
turno en cuanto a su realización. Nos encontramos, entonces, con dos
niveles de discusión totalmente distintos e independientes: la función
del Estado y la gestión de gobierno. Este punto puede resultar algo
trivial, pero es importante detenerse en él debido a que mezclar estas
dos esferas puede llevar a la confusión de pretender restringir las
funciones que conciernen a cualquier Estado moderno, a raíz de la
eventual “torpeza” de quienes lo gestionan. Una vez aclarado esto, se
entiende que queda fuera de la discusión la posibilidad de que el Estado
no sea el encargado de redistribuir la riqueza arguyendo que existe el
riesgo de que el gobierno sea un mal administrador. Por el contrario,
una de las funciones esenciales del Estado es precisamente la
redistribución del ingreso.
Siguiendo con la misma línea argumentativa, el Estado es visto como
un agente totalmente externo a la sociedad, negando de este modo su
función de garante de las relaciones económicas y sociales. Incluso, en
ocasiones se caracteriza a la intervención estatal como “artificial”
oponiéndola implícitamente a lo “natural”, atributo que quedaría
reservado para el mercado en su estado puro.
Sin embargo, los impuestos en sí no son otra cosa que la retribución
al Estado como un pago por el retorno de los servicios brindados. Según
ese enfoque, el Estado puede considerarse como un “socio silencioso” en
los negocios de cada ciudadano, sin cuya protección y amparo sería
imposible desarrollar las actividades que permiten la acumulación de
riqueza privada. Por lo tanto, cuando la sociedad se disuelve por la
muerte de uno de los miembros, el Estado, como socio, tiene derecho a
una porción del capital. La esencia de este argumento simplemente da
cuenta de las íntimas relaciones entre la esfera privada y la pública;
es decir, entre los individuos y el Estado.
Si nos detenemos a analizar el punto más de cerca, podremos observar
que la mera existencia del Estado como organización humana implica su
reproducción material. Este tiene necesidades materiales análogas a las
de los individuos, inherentes a su propia existencia que posibilitan su
“vida”, su funcionamiento a lo largo del tiempo. Sin embargo, la forma
en que se provee de recursos es distinta a la de los individuos u
empresas pues cuenta, como fuente principal de financiamiento, con la
capacidad de cobrar impuestos.
*Publicado en Página12
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