Por Alfredo Zaiat*
Cuando los contribuyentes con mayor capacidad patrimonial y de
rentas pagan más impuestos en proporción a sus ingresos se define la
característica de progresivo del sistema tributario. Por eso el impuesto
a las Ganancias aplicado en escalas de ingresos y alícuotas crecientes
es considerado progresivo, mientras que el impuesto al Valor Agregado
con una tasa uniforme sin considerar el nivel de ingreso del
contribuyente es calificado regresivo. Esto significa que los estratos
sociales de mayores ingresos en términos relativos deben tributar
proporcionalmente más en un régimen impositivo progresivo; y si lo hacen
menos, la estructura de recaudación sería regresiva.
Una u otra
orientación del sistema tributario determina rasgos de equidad y de
distribución del ingreso en la economía. Estos conceptos básicos han
quedado en un torbellino de confusión con discursos, movilizaciones y
piquetes desde la crisis por las retenciones móviles, en 2008, y desde
hace un par de años por el reclamo sindical de suba del mínimo no
imponible en el impuesto a los ingresos de los trabajadores en relación
de dependencia, conocido como impuesto a las Ganancias cuarta categoría.
El sistema tributario entonces es progresivo cuando el peso de la
recaudación descansa en porcentajes crecientes en impuestos que pagan
los sectores de mayor capacidad contributiva en la pirámide de ingresos
del país. La estructura tributaria argentina es de base regresiva debido
a que predominan los impuestos indirectos. Desde 2003 ha avanzado en
rasgos de progresividad por la aplicación de retenciones a exportaciones
favorecidas por elevados precios internacionales de las materias
primas. También por la tarea de fiscalización de la AFIP que
significaron un aumento de la recaudación de Ganancias, y por la
ampliación del universo de trabajadores alcanzados por el impuesto a los
ingresos. El total de la recaudación de impuestos, recursos de
seguridad social y aduaneros en relación con el Producto Bruto Interno
aumentó de 21,1 a 31,8 por ciento de 2003 a 2011. En ese mismo período,
el IVA pasó de 12,3 a 17 por ciento del PBI, mientras que Ganancias lo
hizo de 3,9 a 5,9 por ciento. En ambos tributos la evolución de su tasa
incremental (50 por ciento) ha sido similar. El factor que mejoró la
progresividad del sistema fue las retenciones, que pasaron a representar
casi 3 por ciento de la recaudación total sobre el PBI. Esto indica la
relevancia de las retenciones como política de redistribución del
ingreso, como también la necesidad de reformar el capítulo impuesto a
las Ganancias, definiendo criterios de equidad tributaria y eliminando
privilegios para aumentar su peso relativo en la estructura impositiva.
El debate por las retenciones, la carga que alcanza al 20 por ciento
superior de la escala salarial de los trabajadores formalizados, el
pago a cuenta de Ganancias y Bienes Personales de consumos en el
exterior realizados con tarjetas de crédito o débito, o la evaluación de
la AFIP de la capacidad contributiva para la venta de dólares a
turistas al exterior son todas medidas que apuntan a sumar progresividad
en la estructura tributaria. Rechazarlas pone en discusión el contrato
social básico de pago de impuestos para financiar el funcionamiento del
Estado. Exponen también la brecha entre el discurso y la acción de
sectores que reclaman iniciativas para repartir mejor la riqueza y
proponen medidas económicas y sociales regresivas.
El aspecto más notable de la discusión sobre impuestos es que cada
sector se queja por lo que tiene que pagar, reclama que paguen más otros
y exige al mismo tiempo mejorar la distribución del ingreso porque
están indignados por la cantidad de pobres. Cada uno de los
protagonistas de las diferentes tensiones impositivas de los últimos
años ha mostrado diversos grados de incoherencia, sobresaliendo el
titular de la Federación Agraria, Eduardo Buzzi, porque intervino en
todas. Si se concretaran sus demandas, incluyendo una fuerte
devaluación, no habría retenciones, impuesto al cheque ni impuesto a los
ingresos de los salarios medios y altos; o sea, se desfinanciaría el
Estado que critica porque no disminuye la pobreza. Es el caso
emblemático de los despropósitos conceptuales y prácticos sobre el tema
impositivo que expresa un amplio abanico de dirigentes políticos,
sociales y sindicales de vertientes ideológicas distintas.
Las cinco centrales sindicales coinciden en pedir el aumento del
mínimo no imponible del impuesto a los ingresos de los trabajadores en
relación de dependencia. Esa medida, aislada, es regresiva en términos
de equidad tributaria y económica. Además de involucrar a una minoría
del universo laboral, favorecería proporcionalmente más a los
trabajadores de más altos ingresos. Si bien el impuesto a las Ganancias
es progresivo, el reclamo sindical acompañado por fuerzas de
centroizquierda e izquierda es regresivo porque el beneficio resultante
del aumento favorece a los que más ganan.
Este conflicto adquiriría un perfil amplio y de mayor consistencia
si la demanda hacia el Gobierno se dirigiera a reformar los aspectos
cuestionados del capítulo Ganancias. Si la extraordinaria energía puesta
en exigir sólo la suba del mínimo no imponible, esfuerzo de tal
magnitud que llevó a un grupo sindical a cercar con piquetes la Capital
Federal, se orientara a plantear cambios profundos en ese tributo, sería
un importante salto cualitativo. El impuesto a las Ganancias sobre
trabajadores en relación de dependencia requiere de modificaciones en
las escalas de ingresos, en la progresividad de las alícuotas para cada
una de ellas, en los conceptos incluidos en las deducciones y sus
respectivos porcentajes y, después sí, evaluar el monto del mínimo no
imponible.
Estos cambios no serían suficientes para profundizar la
progresividad del sistema si el Gobierno no avanzara en el régimen
general de Ganancias que mantiene exenciones inequitativas. Personas
físicas no pagan el impuesto sobre la renta financiera (intereses de
plazos fijos, dividendos de acciones y renta de títulos de deuda
públicos y privados). Tampoco están gravadas las ganancias de capital
que obtienen las personas físicas por la venta de activos (empresas o
inmuebles). Es una de las características más regresivas del sistema
impositivo argentino. El dueño de una compañía la vende en 100 millones
de pesos cuando el valor patrimonial contabilizado es de 10 millones y
no paga nada por esa ganancia de 90 millones. Los regímenes de Chile y
Brasil, por ejemplo, alcanzan con el impuesto a las Ganancias esa
utilidad.
Otro de los rasgos de inequidad tributaria es el privilegio de la
corporación judicial cuyos salarios están exentos del pago del impuesto a
las Ganancias. El titular de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo
Lorenzetti, tuvo la oportunidad como máxima autoridad de uno de los
poderes del Estado de convocar a sus miembros a eliminar ese privilegio
en la Quinta Conferencia Nacional de Jueces, que se realizó en Mendoza, a
mediados de octubre pasado. Lo pudo haber hecho cuando expresó que en
el país “la igualdad está en crisis”, para agregar que “no es algo
abstracto, nunca se ha hablado tanto de igualdad y se ha hecho tan
poco”. En ese retrato general no mencionó que jueces, fiscales y
secretarios de los juzgados no pagan el impuesto a las Ganancias, además
de gozar de jubilaciones de privilegio. Hubo un intento del Gobierno de
debatir esa desigualdad en una presentación que realizó el titular de
la Anses, Diego Bossio, en el Congreso. No recibió adhesiones. Más bien
hubo mensajes de disconformidad de la corporación judicial a esa
pretensión de hacer en lugar de hablar de igualdad. Esos mensajes
advertían sobre la eventualidad de avanzar en fallos judiciales
vinculados con el sistema previsional que pondrían en situación de
insolvencia el régimen jubilatorio.
*Publicado en Página12
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